El Tribunal Constitucional, en una cuestión de inconstitucionalidad relativa al despido de una trabajadora por absentismo laboral, ha confirmado la extinción del contrato de trabajo por causas objetivas cuando haya faltas de asistencia justificadas, pero intermitentes, en los términos introducidos por el Gobierno de Mariano Rajoy en la reforma laboral de 2012. Si bien con división entre los magistrados, el Pleno del Constitucional, por ocho votos frente a cuatro, ha rechazado el recurso de inconsticionalidad, considerando que el absentismo laboral supone para el empleador "un perjuicio de sus intereses legítimos, por la menor eficiencia de la prestación laboral de los trabajadores que faltan a sus puesto de trabajo de forma intermitente".
El 28 de enero de 2020 se publicó en el BOE el Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2020. La Agencia Tributaria continúa reforzando todas las actuaciones dirigidas a mejorar el cumplimiento tributario, mediante la utilización de actuaciones preventivas previas o simultáneas a la presentación de las autoliquidaciones; las actuaciones de comprobación e investigación sobre los obligados tributarios en los que concurran perfiles de riesgo; y la implantación de un nuevo modelo de asistencia integral, con medidas que favorezcan el cumplimiento voluntario y llevando a cabo una intensificación de las actuaciones de lucha contra el fraude más complejo. Concretamente, se ampliará el alcance del modelo de envío a empresas y autónomos de «ratios calculadas de actividad económica», contrastadas con las ratios que la Agencia Tributaria considera representativas de cada sector, con el fin de aclarar discrepancias evidentes entre su capacidad económica calculada y la que se derive de...

Comentarios
Publicar un comentario